FUNDACION DE LA CAPILLA DE JESUS NAZARENO EN EL CONVENTO DE SANTO DOMINGO DE LEON: 1610 – 1615

Por G. Márquez García.
Firma de Ventura de Baldés el 21 de abril de 1615 para comprar la capilla donde se estableció la cofradía de Jesús NazarenoUno de los documentos que encontré, en 1998, en el Archivo Histórico Provincial de León, supuso a nivel personal un replanteamiento sobre el origen de la cofradía de Jesús Nazareno. (Actualmente del Dulce Nombre de Jesús Nazareno) Es cierto que sobre esta cuestión no se ha avanzado, pero a la luz de lo expuesto entonces, según el análisis documental que recordamos, aún mantengo que la cofradía de Jesús Nazareno funcionaba como tal antes de la aprobación de su primera regla, el 4 de febrero de 1611, incluso podemos pensar, que por las cantidades que se estipulan en 1610 y por la aplicación de una mera regla de tres, la hermandad de nazarenos de León pudiera existir ya en 1608. (A.H.P.L. Protocolos de Francisco Pantigoso, 92, 130, fols. 337-348)

También es claro como no existe Buenaventura Valdés, sino Ventura de Valdés, un error que desconozco por que no es subsanado en la historiografía oficial de la hermandad penitencial leonesa, más aún, el documento señala la presencia de mujeres “cofradas” a cuyos funerales debían asistir los padres dominicos, al igual que lo debían hacer a los de los varones cofrades. Curiosas son las tradiciones que toman como inicio el momento que conviene al interesado, en palabras de Alex Montero, “la tradición negra a conveniencia”

Es decir, el texto establece que el nombre del fundador no es el que se sigue publicando, describe que antes del 4 de febrero de 1611 ya existía una cofradía que celebraba unos cultos, procesiones y festividades, y además, para los "defensores de las tradiciones", debe ser muy valioso, puesto que el uso del término “cofradas” no viene más que a hacer valer una realidad de la que huyen, ya que para algunos las tradiciones comienzan hacia 1936.

Por ello quiero recordar este documento, que aparte de establecer los actos fundamentales de la cofradía de Jesús Nazareno, que salvo la procesión de Semana Santa que aquí se señalaba en Miércoles de Tinieblas en la regla original al año posterior se fijó el Viernes Santo por la mañana, el resto de cultos y festividades ya fueron pactados, en gran medida, en 1610, reconociendo que la cofradía ya estaba establecida en una capilla el convento de Santo Domingo con anterioridad auque sin ser de su propiedad.


FUNDACION DE LA CAPILLA DE JESUS NAZARENO EN EL CONVENTO DE SANTO DOMINGO DE LEON: 1610 – 1615

Márquez García, G. “Fundación de la Capilla de Jesús Nazareno en el convento de Santo Domingo de León, 1610-1615.” Diario de León. Revista Filandón, 11 de octubre de 1998.

Habitualmente se considera fecha de constitución de la cofradía de Jesús Nazareno de León, el día 4 de febrero de 1611, momento que se corresponde a la probable aprobación de su regla, estatutos, por los que se guiara la hermandad, con la autorización del obispo D. Francisco Terrones.

Pero en el día de hoy,  podemos afirmar, que la cofradía de Jesús Nazareno ya debió estar organizada con anterioridad, en concreto, el 9 de julio de 1610, momento en que inicia los trámites con el, entonces, prior del Real Convento de Santo Domingo de León, el P. Fray Bernardo de Guevara, redactando, así, unas condiciones para la fundación de la denominada capilla de Jesús Nazareno, en el cuerpo de iglesia del citado edificio. En aquel momento ya es abad de la cofradía D. Ventura Valdés.

La adquisición y establecimiento de la hermandad en la iglesia del convento de Santo Domingo es un proceso, que desde la fecha arriba señalada, no culminaría hasta el 21 de abril de 1615. 

Las primitivas condiciones de 1610 establecían las siguientes cláusulas, compromisos entre cofradía y convento:  

1º. - La capilla cedida a la cofradía sería la primera al lado de la dedicada a San Jacinto, y fronteriza a la puerta principal de la iglesia, por ella debía pagar la hermandad, por siempre jamás, medio ducado de foro perpetuo anual, el día de San Martín, y por el tiempo que hasta la fecha ha disfrutado, la cofradía, de la capilla un ducado más. Esto último nos hace pensar que la cofradía estuviese ya constituida con alguna antigüedad mayor.  

2º. - La capilla siempre debía mantenerse bien reparada por cargo y cuenta de la hermandad.  

3º. - Se establece una misa cantada, por siempre jamás, con diácono y subdiácono el primer día del año, fiesta de la Circuncisión de Jesús, cuya celebración debía efectuarse en el altar mayor del convento, y en dicha la capilla. Esta debía ser la fiesta principal de la cofradía, la cual ofrecería al convento, ocho panes, ocho velas y un azumbre de vino.  

4º. - El día de San Buenaventura, de todos los años, el prior y convento debían decir y celebrar una misa cantada en el altar mayor del templo y en el de la capilla, con la misma ofrenda por parte de la cofradía, citada en la cláusula anterior. Ambas debían decirse por el alma de Ventura Valdés, Ana de Ochoa, su mujer, y sus difuntos. Al refectorio bajarían el preste y los diáconos, y al responso todo el convento. Los cofrades portarían velas encendidas en las manos, pagando, además al convento, 12 reales de limosna. 


5º. - El convento celebraría una misa anual por el alma de los cofrades fallecidos, el día de los finados, ofrendando, la hermandad, lo que mandare la regla y 8 reales de limosna. 
  
6º. - Se fija una misa mensual, el primer día de cada mes, dando la cofradía una limosna en cada una.  

7º. - Se establecen otras tantas procesiones por el claustro del convento, a las que debe asistir el prior.  

8º. - El monasterio estaba obligado a salir en las procesiones propias de la cofradía, estas se realizaban el miércoles de tinieblas, y el día de la Alegría, Pascua de Pentecostés. En la última, el prior celebraría una misa cantada con sermón, acompañado de diácono y subdiácono, en el altar mayor del convento. Por ella pagaría la cofradía 12 reales de limosna, así como una colación por la asistencia a las procesiones.

9º. - El abad y cofrades estarían presentes en el entierro de los religiosos del convento acompañando sus cadáveres con el estandarte, de la hermandad, hasta el lugar del sepelio. 

10°. - Los frailes del convento, a su vez, estarían presentes en los entierros de los cofrades, cofradas, y de sus respectivos esposos, debiendo decir su misa y vigilia, pero, eso sí, la cofradía pagaría por dicho servicio 3 reales, por cada uno.  

11º. - Por último, se señala que en caso de extinguirse la hermandad, la capilla volvería a ser propiedad del convento.


Pero para que el convento pudiera ceder el uso, disfrute y propiedad de la capilla, debía tener el beneplácito del vicario general de los dominicos, fray Pedro de Paladinas, prior del convento de Santa Cruz de Segovia, quien dará la licencia necesaria a los frailes del convento de Santo Domingo de León para realizar dicha venta a la cofradía. EL documento presenta fecha de 8 de marzo de 1611, y fue dado en el convento de San Pablo de Valladolid.

Aunque el permiso inicial ya se había otorgado, no sería hasta el 21 de abril de 1615, cuando se reanuden los trámites para la definitiva fundación de la capilla de Jesús Nazareno, y su adquisición por parte de la cofradía, ratificándose todos los artículos previos, del escrito de 1610. El valedero documento final, será aprobado por los frailes profesos del convento y por los que se declaran la mayor parte de los hermanos de la cofradía de Jesús Nazareno, estos eran: Ventura de Valdés abad, todavía; Antonio Fernández, platero; Pedro Moro; Pedro Legon; Baltasar García, ensamblador; Baltasar García, pintor; y Francisco García, pintor. Todo ello supervisado y firmado por el, entonces, prior del convento, Fray Pedro Navarro.

La capilla sufriría ciertas vicisitudes a lo largo de la historia, algunas de ellas las trataremos en otra ocasión. Por hoy basta con éste artículo para apuntar una de las muchas notas ciertas y novedosas sobre las cofradías leonesas, su historia y patrimonio.

Gonzalo Márquez García
Junio de 1998

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